Buscar inmueble

Entrada en vigor del RD que modifica aranceles de notarios y registradores

Enviar a un amigoEnviar a un amigo

El pasado 15 de noviembre de 2011 entró en vigor el Real Decreto que modifica los aranceles de notarios y registradores aplicables a las cancelaciones de hipotecas, debido a la denuncia de la OCU en el mes de septiembre, en la que se alertaba de que un gran número de notarios y registradores cobraban de más en las cancelaciones hipotecarias (incumpliendo las rebajas del arancel previstas en la ley).

El correspondiente decreto incorpora la novedad, de que no podrán cobrar por las operaciones que no tengan señalsdos derechos en el arancel, es decir, no podrán cobrar por otros gastos como información registral, fax, certificado de cargas, obtención de certificaciones bancarias, búsqueda de antecedentes, certificación telemática, gráfica, catastral, nota marginal geobase, nota informativa...


Tarifas de Notarios.

- 30,05€ por cancelación de hipoteca + importe de la copia autorizada (máximo 15,03€ para copias de cinco o más folios, 3,01€ para copias simples y 0€ por folios de matriz) + 0,150253 € en concepto de Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, por cada folio de la copia matriz y de la autorizada. En las minutas suele aparecer como "timbre".

- Por tanto, en la notaría, la minuta de una cancelación, con una nota simple, deberá costar alrededor de 50 euros.

 

Tarifas Registrador.

- 6,01€ euros en concepto de asiento de presentación y 22,84€ por la cancelación, por lo que el importe total a cobrar será de 28,85 euros.